ECONOMIA

Economia

3. Investiguen los temas:  Funciones de las Ramas del Poder Público; de los Órganos de Control Público (Procuraduría, Defensoría y Contraloría); de la organización electoral (Consejo Nacional Electoral y Registraduría Nacional del Estado Civil) y sus respectivos órganos de control interno y externo. Elabore cuadro sinóptico y responde: Por quien están representado Las ramas del poder público, los órganos de control público y de organización electoral en la nación, el departamento del Valle y el municipio de Pradera.
Rta: RAMAS DEL PODER POLITICO.
Legislativa: Los miembros son elegidos por medio del voto popular para periodos de cuatro años, y sus funciones esenciales son las de hacer las leyes, mantener el control político dentro de la nación y reformar la Constitución cuando sea necesario.
Ejecutiva: La rama ejecutiva representa al gobierno y está compuesta por las gobernaciones, las alcaldías, las superintendencias, los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del Estado.
El presidente de la República de Colombia es el jefe del Estado, el jefe del gobierno y por ende es la suprema autoridad administrativa.
Judicial: es la encargada de administrar la justicia en el Estado colombiano. Está compuesta por distintos órganos articulados del poder público destinado a dirimir conflictos conforme al derecho colombiano. Artículo 228: La Administración de Justicia es función pública. Sus decisiones son independientes.
ORGANOS DE CONTROL POLITICO.
Procuraduría: Velar por el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, así como de las decisiones judiciales y administrativas.
Velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones públicas y ejercer control de gestión sobre ellas, para lo cual podrán exigir a los servidores públicos y a los particulares que cumplan funciones públicas la información que se considere necesaria.
Realizar visitas a las entidades estatales o particulares que cumplen función pública, a solicitud de cualquier persona u oficiosamente, cuando sea necesario para proteger los recursos públicos y garantizar el cumplimiento de los principios que rigen la función pública.
vigilar el cumplimiento de las políticas relacionadas con la descentralización administrativa y ordenamiento territorial, el ejercicio de la autonomía y de los derechos de las entidades territoriales y promover las acciones pertinentes cuando se desborden los límites de la autonomía o de desconozcan los derechos de las entidades territoriales.
Velar por la eficiente prestación de los servicios públicos.
Defensoría: Sus funciones debe orientar e instruir a las personas sobre el ejercicio y la defensa de sus derechos; divulgar las políticas para su enseñanza; ejercer acciones populares en asuntos relacionados con su competencia; rendir informes al Congreso sobre el cumplimiento de sus funciones; demandar, impugnar.
Contraloría: la Contraloría es la encargada del control fiscal de la nación. Además, es la encargada de evaluar los procesos que se llevan a cabo en otras entidades del estado teniendo en cuenta que de ellas dependen factores económicos y ambientales entre otros.
Inspecciona el estado financiero de las entidades y de los servidores públicos, además establece si han o no logrado sus objetivos, planes y proyectos.
La Contraloría también está en capacidad de sancionar a las entidades que de una u otra forma perjudiquen al estado o a su patrimonio.
Otra función, y no menos importantes, es la de recuperar los bienes públicos que han tenido una mala administración o que han sido tomados por personas particulares para no darles un uso correcto.
Es así como la Contraloría también relaciona a la comunidad con los procesos de gestión pública y les da participación para que puedan denunciar malos manejos fiscales.
Finalmente, esta entidad colabora con el Congreso de la República y con el desarrollo de las funciones legislativas.
ORGANIZACIÓN ELECTORAL.
Consejo nacional electoral: El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa.
Tendrá las siguientes atribuciones especiales:
1. Ejercer la suprema inspección, vigilancia y control de la organización electoral.
2. Dar posesión de su cargo al Registrador Nacional del Estado Civil.
3. Conocer y decidir definitivamente los recursos que se interpongan contra las decisiones de sus delegados sobre escrutinios generales y en tales casos hacer la declaratoria de elección y expedir las credenciales correspondientes.

4. Además, de oficio, o por solicitud, revisar escrutinios y los documentos electorales concernientes a cualquiera de las etapas del proceso administrativo de elección con el objeto de que se garantice la verdad de los resultados.
5. Servir de cuerpo consultivo del Gobierno en materias de su competencia, presentar proyectos de acto legislativo y de ley, y recomendar proyectos de decreto.
6. Velar por el cumplimiento de las normas sobre Partidos y Movimientos Políticos y de las disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política; por los derechos de la oposición y de las minorías, y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías.
7. Distribuir los aportes que para el financiamiento de las campañas electorales y para asegurar el derecho de participación política de los ciudadanos, establezca la ley.
8. Efectuar el escrutinio general de toda votación nacional, hacer la declaratoria de elección y expedir las credenciales a que haya lugar.
9. Reconocer y revocar la Personería Jurídica de los partidos y movimientos políticos.
10. Reglamentar la participación de los Partidos y Movimientos Políticos en los medios de comunicación social del Estado.
11. Colaborar para la realización de consultas de los partidos y movimientos para la toma de decisiones y la escogencia de sus candidatos.
12. Decidir la revocatoria de la inscripción de candidatos a Corporaciones Públicas o cargos de elección popular, cuando exista plena prueba de que aquellos están incursos en causal de inhabilidad prevista en la Constitución y la ley. En ningún caso podrá declarar la elección de dichos candidatos.
13. Darse su propio reglamento.
14. Las demás que le confiera la ley
MAPA CONCEPTUAL RAMAS DEL PODER PUBLICO
RESUMEN: El poder político
La estructura del estado colombiano, su estructura básica esta dada por:
1. ramas del poder publico
2.organismos de control
3. organización electoral
las ramas del poder publico son 
+ rama judicial
+ rama ejecutiva
+rama legislativa.   

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